El Programa de Prevención y Detección Temprana de Cáncer de Mama y Cuello Uterino de Puerto Rico paga a base de las tarifas establecidas por los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS, por sus siglas en inglés) para Puerto Rico.
El documento 2017 NBCCEDP Allowable Procedures and Relevant CPT Codes contiene la lista de códigos CPT disponible para los proveedores del Programa. Los procedimientos no enlistados referidos por los proveedores del Programa pueden ser cubiertos con previa autorización y consulta directa con el personal del Programa.:
- Servicios de cernimiento incluyen examen clínico de mama, examen pélvico, mamografía y Papanicolaou.
- El programa cubre servicios necesarios hasta tener un diagnóstico final de cáncer o no cáncer. Los mismos se describen en la lista de procedimientos permitidos por el programa.
- Servicios de tratamiento para cáncer de mama o cuello uterino no son cubiertos por el programa.
- Procedimientos no enlistados pueden ser cubiertos por el Programa con previa autorización y consulta directa con el personal Programa.
La tarifa pagada por el Programa a una entidad por servicios de cernimiento y diagnóstico no debe sobrepasar la cantidad establecida en la Parte B del Título XVIII de la Ley de Seguridad Social [SOCIAL SECURITY ACT]. En otras palabras, no debe sobre pasar la tarifa minima de Medicare para Puerto Rico.
Los fondos del Programa no pueden ser utilizados para servicios que no estén relacionados al cernimiento de ce cáncer de mama o de cuello uterino, incluyendo tiempo y materiales necesarios para evaluar y manejar otros problemas no relacionados a cáncer de mama o cuello uterino.
Temporalidad de los Servicios de cernimiento y diagnóstico de seno (mama)
- El intervalo de tiempo entre el cernimiento inicial y el diagnóstico de un hallazgo anormal durante el cernimiento de mama debe ser de 60 días o menos.
- El intervalo de tiempo entre el diagnóstico y el inicio del tratamiento para cáncer de mama debe ser de 60 días o menos.
Temporalidad de los Servicios de cernimiento y diagnóstico de cérvix (cuello uterino)
- El intervalo de tiempo entre el cernimiento inicial y el diagnóstico de un hallazgo anormal de cuello uterino debe ser de 90 días o menos.
- El intervalo de tiempo entre el diagnóstico y el inicio del tratamiento para cáncer cervical invasivo debe ser de 60 días o menos.
- El intervalo de tiempo entre el diagnóstico y el inicio del tratamiento para neoplasia intraepitelial debe ser de 90 días o menos.
Proceso de facturación
- El proveedor debe someter la forma de facturación (1500 o UB-04) y las formas de cernimiento y diagnóstico para que el pago sea procesado.
- Si alguna de las formas de cernimiento y diagnóstico está incompleta, se le pedirá la información al proveedor antes de que se le procese el pago.
- La información de facturación debe ser enviada a:
Taína De La Torre
Manejadora de Datos
- Teléfono: 787-772-8300 ext.1116
- Puede ser enviada por correo electrónico, correo postal o personalmente
1. Email: tdelatorre@cccupr.org
- Dirección Postal:
PMB 711 De Diego
Ave. Suite 105
San Juan, PR 00927-6346
Dirección Física:
Centro Comprensivo de Cáncer
Piso2 Complejo del Centro Médico
San Juan, PR 00935
- Cuando una factura es aprobada para pago:
1. Si el proveedor tiene un contrato directo con el Programa, el pago se emite desde el Centro Comprensivo de Cáncer de la Universidad de Puerto Rico..
- 2. Si el proveedor no tiene un contrato directo con el Programa, la información necesaria para el pago es enviada a la Sociedad Americana Contra el Cáncer y la entidad emite el pago.